domingo, 9 de marzo de 2008

IMPORTANTE ASPECTO DE LA LEPRA EN COLOMBIA




La revisión de archivos eclesiásticos y de publicaciones médicas por medio de la recopilación y análisis de leyes nacionales y regionales, reconstruyeron el manejo dado a la lepra, en Boyacá y Colombia, durante la segunda mitad del siglo XIX y comienzos del XX, determinando el papel del Estado, la medicina y la Iglesia, principales actores del proceso de creación del Lazareto de Boyacá. Esta época es caracterizada por una preocupación en particular: la lepra, que por el número de enfermos, su manejo y por estar ligada a la situación de guerra, migración, miseria y hambre que sufría el país, fue un motivo de controversia al tratar de aislar a los leprosos. La estadística señalaba que la lepra se expandía peligrosamente por Colombia y que Boyacá era una de las regiones más afectadas. Finalmente en 1916 se reconoció que Colombia no era la primera potencia leprosa del mundo ni Boyacá un inmenso lazareto, como se afirmara, poniendo en peligro la inmigración del país por miedo a esta enfermedad.
El Estado Colombiano compró en el año de 1867 unos terrenos en Agua de Dios al Dr. Manuel Murillo Toro para destinarlos como Lazareto, esto tomó efecto el 10 de agosto de 1870 fecha que se toma como fundación.
Con la Ley 104 de 1890 se le impone al enfermo de lepra un aislamiento total y se implantan los retenes en todos los puntos estratégicos del Lazareto que impedían el ingreso de personas sanas, familiares de los pacientes y prohibía la salida de estos fuera de la ciudad sin autorización previa.
En 1901, para evitar todo este proceso, se acordonó toda la ciudad con una alambrada y fue custodiada con Policía Nacional e Interna, conformada esta última por los mismos pacientes enfermos de lepra.
La conformación de Agua de Dios, su estructura y sus normatividades la convirtieron en una ciudad independiente con sus propias leyes, su propia moneda llamada “coscoja”, prohibición de bebidas embriagantes, pero así mismo se dispuso la construcción de una clínica, unos hospitales, un subsidio de tratamiento llamado “la ración”, según la Ley 14 de 1907.
Mediante Ley 148 de 1961 se devolvieron todos los derechos civiles, políticos y garantías sociales consagrados en la Constitución Nacional a los enfermos de Lepra.
La lepra, que en la conciencia colectiva está asociada a relatos bíblicos y de la antigüedad, aún tiene desgraciadamente realidad en nuestros días.

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